martes, 29 de enero de 2013

El Consejo General de la Abogacía recurre el tasazo de Gallardón


El pleno de los 83 decanos de España autorizó la interposición, que pide a la Audiencia Nacional que recurra la norma ante el Constitucional
ANDRÉS MUÑIZ Madrid
El ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón.- EFE
El Consejo General de la Abogacía Española ha presentado este lunes ante la Audiencia Nacional un recurso contencioso-administrativo directo contra la Orden del Ministerio de Hacienda que aprueba el modelo de autoliquidación de las tasas judiciales que entraron en vigor el pasado 17 de diciembre.

El recurso está firmado por Carlos Carnicer, presidente del Consejo General de la Abogacía, y solicita tanto la nulidad de la Orden como que la Sala de lo Contencioso-Administrativo plantee cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley de Tasas.

El recurso se ha tramitado una vez que el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española, que agrupa a los 83 decanos de Colegios de Abogados, haya autorizado la interposición el jueves 17 de enero, tal y como establece la normativa colegial.

Pese a que el recurso es contra el propio sistema de tasas, el Consejo General de la Abogacía Española ha tenido que pagar una tasa de 396 euros (440 euros menos el descuento por pagar por Internet). Ante este ingreso, el Consejo va a presentar además ante la Agencia Tributaria recurso económico-administrativo impugnando su pago. 

La solicitud de cuestión de inconstitucionalidad dirigida a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional se fundamenta, entre otras resoluciones, en la sentencia del Tribunal Constitucional que cuestiona la legalidad de aquellas tasas que sean "tan elevadas que impiden en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables".

El cambio más sustancial de la nueva Ley de Tasas con respecto a sus precedentes radica en la incorporación al ámbito subjetivo de este tributo a todos los ciudadanos, que hasta ahora estaban exentos, ya que sólo se aplicaba a entidades mercantiles con un elevado volumen de facturación.

Además, el criterio de capacidad económica para hacefrente a las tasas no se encuentra suficientemente garantizado con la simple remisión a la futura Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, según la Abogacía.

La elevada cuantía fijada en estas tasas hace que acceder a la jurisdicción sea "ya una quimera para un muy significativo número de españoles y extranjeros", añaden los abogados.

Para los recurrentes, en el ámbito objetivo de aplicación de las tasas, su extensión a la jurisdicción contencioso-administrativa hace que en la práctica esté vedado "el control judicial del poder público o de la actividad administrativa en asuntos de escasa cuantía", de menos de 600 euros. De hecho, la completa potestad sancionadora de las Administraciones Públicas no va a ser sometida a contraste de legalidad alguno ante los órganos judiciales.

Respecto al enorme incremento de las cuotas de las tasas, el escrito de la Abogacía demuestra que su efecto disuasorio determina "una inexorable imposibilidad de acceso a la jurisdicción y un injusto desconocimiento del derecho a la tutela judicial efectiva".
Nulidad de la orden de Hacienda

El escrito de la Abogacía Española solicita la nulidad de la Orden porque en su tramitación "se ha omitido el trámite preceptivo de audiencia al Consejo de Estado", así como la intervención del Ministerio de Justicia y del Consejo de Ministros y el reglamentario dictamen del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

La Ley de Tasas establece en su disposición final sexta que el "Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y de Hacienda y Administraciones Públicas, dictará las disposiciones reglamentarias complementarias que sean necesarias para la aplicación de las tasas reguladas en esta Ley". El incumplimiento de este requisito es motivo suficiente para pedir la nulidad radical de esta Orden, ya que esta norma "disciplina la actividad de los sujetos pasivos del tributo, imponiendo un régimen de cargas y obligaciones que parece exceder de las posibilidades de la Orden Ministerial".

La Abogacía considera en su recurso que en la medida en que el pago de la tasa se configura como una barrera de acceso al proceso judicial, la imprecisión normativa que la rodea supone una vulneración de las más mínimas garantías que han de rodear el ejercicio por los ciudadanos de su derecho de acceso a los tribunales.

Sobre la deficiencia técnica de la Orden, generadora de indefensión, los abogados dicen que alcanza su mayor expresión en el régimen de los trabajadores (pago de tasas en los recursos de suplicación y casación que será corregido por la nueva Ley de Asistencia Jurídica Gratuita) y en la situación de los procedimientos de extranjería (en los que se impone el pago a todos aquellos que no tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita).

Por otro lado, la Orden de Hacienda establece en materia de devoluciones que éstas no entrarán en vigor hasta el 1 de abril de 2013, posponiendo de esta forma la entrada en vigor de una parte esencial de la Ley de Tasas, todo ello en base "a una falta de existencia de una adecuada interconexión informática entre los tribunales de Justicia y la AEAT".

Además se establecen con la norma situaciones jurídicas irreversibles como la obligación de la presentación telemática de los impresos de pago de tasas cuando el ciudadano carezca de acceso a Internet. Estos ejemplos demuestran que la aplicación de la Orden puede generar un altísimo número de supuestos de indebida exacción de la tasa y aun de denegación de acceso al proceso por su defectuosa configuración técnica y su problemática relación con otras disposiciones de rango superior.
Fuente: Público.es

viernes, 18 de enero de 2013

Jornadas de Internacionalización de la Abogacía Española

El Consejo General de la Abogacía Española, el ICEX y la Oficina Comercial de la Embajada de España en Casablanca organizan del 18 al 20 de marzo de 2013 las 'Jornadas de Internacionalización de la Abogacía Española'.
El Consejo General de la Abogacía Española, el ICEX y la Oficina Comercial de la Embajada de España en Casablanca organizan del 18 al 20 de marzo de 2013 las 'Jornadas de Internacionalización de la Abogacía Española' en Casablanca.

El objetivo de estas jornadas es facilitar la identificación de oportunidades de internacionalización para los despachos españoles participantes e incentivar la cooperación en el sector jurídico, pudiendo contactar con potenciales socios en el país de destino.

El plazo límite para la inscripción es el 27 de enero.

El número de plazas es de 12 y el plazo límite de inscripción es el 27 de enero.

El lenguaje oficial de estas jornadas será el francés, por lo que es imprescindible que al menos una persona de cada despacho sea capaz de mantener la interlocución en este idioma.

JORNADA INFORMATIVA Y DE CAPACITACIÓN
Como elemento esencial de este encuentro y como compromiso inherente a la participación en el evento de Casablanca, se celebrará en Madrid a mediados de febrero, una Jornada Informativa y de Capacitación sobre la misión. El objetivo de la misma será ofrecer una visión general sobre las posibilidades que ofrece Marruecos para los juristas españoles. Para ello, los organizadores van a poner a disposición de los despachos participantes la experiencia de profesionales especialistas en la materia y representantes de bufetes ya establecidos allí con comparecencia presencial. También será posible la asistencia online conectados por videoconferencia.

Además, se darán unas pautas generales sobre cómo realizar con éxito la presentación del propio bufete ante los potenciales socios considerando los usos culturales del país. La mañana de esta Jornada estará abierta a todos los despachos interesados en este mercado y la tarde se dedicará exclusivamente a los bufetes inscritos en la actividad. La asistencia a la jornada de mañana y de tarde es obligatoria para los bufetes inscritos y seleccionados.

COSTE Y PLAZAS
El coste de inscripción asciende a 700 euros por persona/despacho, no incluyendo en esta ocasión, billete de avión, sí incluye el alojamiento en destino en el hotel donde tendrán lugar las jornadas.

Este precio incluye ya el apoyo que ICEX concede a esta actividad (40% de su coste para una única persona por despacho).

El número de plazas es de 12 y el plazo límite de inscripción es el 27 de enero.

QUINTAS JORNADAS DE INTERNACIONALIZACIÓN
Estas Jornadas, que ya son las quintas organizadas por el Consejo General de la Abogacía y el ICEX, continúan el camino empezado por la Abogacía Española en noviembre de 2010 con el encuentro empresarial en Turquía y, posteriormente en Miami, del 1 al 5 de noviembre de 2011, que lograron cosechar excelentes resultados y que han permitido el establecimiento de relaciones bilaterales de despachos españoles con socios turcos y norteamericanos que entraron en contacto gracias a esta iniciativa.

Posteriormente se han celebrado Jornadas de Internacionalización de la Abogacía Española en México, celebradas en la capital mexicana del 25 al 28 de junio de 2012, y la “Spain-New York Law Forum, que se celebraron el 4,5 y 6 de diciembre de 2012 en Nueva York.

Fuente: Diario del Derecho

Los abogados claman contra la Ley de Servicios Profesionales

16.01.2013Carlos García-León.
Los presidentes de los letrados y los procuradores españoles y los colegios de abogados rechazan los puntos más polémicos del borrador del anteproyecto de esta norma que elabora Economía.
[foto de la noticia]

A los abogados y a los procuradores no les ha hecho ninguna gracia el borrador del anteproyecto de la Ley de Servicios Profesionales que se ha filtrado. Es más, el presidente del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Carlos Carnicer, que representa a más de 125.000 letrados colegiados en España, ha señalado a EXPANSIÓN que “lo mejor que podría pasarle a esta ley es que no saliera adelante, porque tiene más aspectos negativos que positivos”.

Desde que se conoció el primer texto de la norma que está elaborando el Ministerio de Economía, dos de las profesiones más afectadas han clamado contra su contenido en foros y redes sociales, y se están reuniendo para evaluar el alcance de las medidas en el caso de que se concreten. El CGAE, por ejemplo, realiza este jueves un pleno monográfico con los 83 decanos de los colegios de abogados de España para tratar este tema. Cuatro de ellos, dos que podrían desaparecer de aprobarse la ley como Reus y Cartagena –ya que el borrador apunta a un solo colegio por autonomía o provincia– y los de Madrid y Barcelona –que ganarían peso en el seno del CGAE –, han explicado su postura a EXPANSIÓN.

Todos los decanos ven con preocupación que el texto final pueda permitir que sólo los letrados que ejercen ante los tribunales tengan que colegiarse. Para Pere Lluis Huguet, decano del Colegio de Abogados de Reus, sería un error. “La colegiación es obligatoria por la concurrencia de valores superiores que merecen protección, en nuestro caso los derechos fundamentales, y pueden vulnerarse dentro y fuera del ejercicio ante los tribunales, por ello resulta absurda la diferenciación”.

En este sentido, Carnicer apunta que es incomprensible esta separación, ya que “cada vez hace más falta abogados que aunque no actúen ante los tribunales defienden los derechos de los ciudadanos, como en temas de extranjería”.

Respecto a otro tema polémico, la reducción de colegios, José Muelas, decano del Colegio de Abogados Cartagena, no cree que al final la propuesta del Gobierno sea reducirlos a 17 o a 52. “Aportando éstos gratuitamente sus infraestructuras, recursos humanos y externalidades al Estado, sería absolutamente irracional prescindir de ningún colegio y habría una oposición popular abrumadora”, explica.

En este punto, Pedro Yúfera, decano del Colegio de Abogados de Barcelona, cree que “si un colegio, por tener una estructura muy pequeña no puede desarrollar sus funciones autónomamente, tal vez deba replantearse su futuro o buscar la manera de hacerlo sin que ello signifique obligar a otros colegios a proporcionarles estructuras básicas de funcionamiento”. En otro aspecto significativo del borrador, en el voto ponderado de los colegios en los consejos –también para elegir presidente–, Yúfera opina que “este funcionamiento sería el más democrático y el más justo”.

En cuanto a la posible anulación de la incompatibilidad entre el ejercicio de la Abogacía y la Procura, Juan Carlos Estévez, presidente del Consejo General de Procuradores, afirma que “ésta existe desde siempre y, su desaparición, sería un gravísimo error. Hay muchas cuestiones que demuestran las ventajas de mantener la incompatibilidad”.

Examen de acceso
En cuanto a la probable eliminación del examen de acceso a la abogacía, todos son tajantes. “Es totalmente incongruente, después de la larga y tortuosa tramitación de la ley”, afirma Estévez. “Me parece un disparate”, subraya Carnicer. “Este cambio me genera inquietud sobre la consistencia de los principios que inspiraron la normativa”, afirma Sonia Gumpert, nueva decana del Colegio de Abogados de Madrid. “No podemos legislar a base de reformas y contrarreformas sin ningún sentido, la ley de acceso fue el resultado de un consenso”, concluye Huguet.

Carlos Carnicer, presidente del Consejo General de la Abogacía: “Lo mejor que le podría pasar a esta ley es que no saliera adelante; es más negativa que positiva”

Juan Carlos Estévez, presidente del Consejo General de Procuradores: "“La incompatibilidad entre procuradores y letrados ha existido siempre y cambiarlo sería un grave error”

Sonia Gumpert, decana del Colegio de Abogados de Madrid: “Anular el examen de acceso me genera inquietud por los principios que inspiraron la normativa”

Pedro Yúfera, decano del Colegio de Abogados de Barcelona: “El sistema de voto ponderado de los colegios en los consejos sería más democrático y justo”

Pere Lluís Huguet, decano del Colegio de Abogados de Reus: “Es absurda la diferenciación para colegiarse entre letrados que actúen o no ante tribunales”

José Muelas, decano del Colegio de Abogados de Cartagena: "“Aportando cada colegio sus recursos, sería absolutamente irracional prescindir de ninguno de ellos”.

Fuente: Expansión.com

viernes, 11 de enero de 2013

Resuelve TSJ no es necesaria toma de posesión de Chávez

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela resolvió hoy que no es necesaria una nueva toma de posesión del presidente Hugo Chávez, debido a que el mandatario sigue ejerciendo sus funciones con fundamento en la continuidad administrativa.
En rueda de prensa, la presidenta del TSJ, magistrada Luisa Estrella Morales, junto con todos los magistrados, indicó que no existe una interrupción en el ejercicio del cargo debido a que Chávez cuenta con un permiso para ausentarse del país por más de cinco días por razones de salud.

El pronunciamiento del TSJ resuelve los enfrentamientos recientes entre oficialistas y opositores por la enfermedad del mandatario venezolano, quien permanece en Cuba desde hace casi un mes. La magistrada indicó que "no debe considerarse que la ausencia del territorio del país configure una falta temporal, sin que así lo dispusiere el jefe de Estado en un decreto redactado para tal fin".

El acto de la juramentación de Chávez "se hará cuando cese el motivo sobrevenido", sostuvo la magistrada, e indicó que la Sala Constitucional al interpretar el artículo 231 quiere llevar la tranquilidad y paz a la población venezolana.

La Constitución venezolana establece en su artículo 231 que el candidato elegido tomará posesión del cargo de presidente el 10 de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramentación ante la Asamblea Nacional. El artículo agrega que "si por cualquier motivo sobrevenido" el presidente no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, "lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia".

El pasado 7 de octubre, Chávez fue reelegido por segunda vez para un nuevo período constitucional 2013-2019, al ganar las elecciones presidenciales con el 55,07 por ciento de los votos válidos (8.191.132), frente a 44,31 por ciento del abogado y empresario Henrique Capriles (6.591.304).

Chávez permanece en La Habana, Cuba, donde el pasado 11 de diciembre fue operado de cáncer, la cuarta vez desde que el mandatario fue intervenido quirúrgicamente en junio del año antepasado.

Los opositores de derecha sostienen que la permanencia de Chávez en Cuba y su imposibilidad de juramentar al cargo mañana jueves ante la Asamblea Nacional configura la declaración de una ausencia temporal.

Sin embargo, el máximo tribunal venezolano dictaminó este miércoles que "no debe considerarse que la ausencia del territorio configure una falta temporal", y declaró que tampoco existen méritos para conformar una posible junta médica.

Estrella Morales dijo que el actual gobierno venezolano mantiene la continuidad administrativa y no existe interrupción por la ausencia de Chávez.

"A pesar de que el 10 de enero se inicia un nuevo periodo constitucional, no es necesaria una nueva toma de posición en su condición de presidente reelecto", agregó la presidenta del Poder Judicial.

Además, aclaró que la juramentación podrá ser efectuada en una oportunidad posterior al 10 de enero ante el TSJ.

Fuente: spanish.people.com.cn

El Colegio de Abogados se desmarca del soberanismo

La junta corrige el acuerdo de la Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona a favor de la autodeterminación

La junta de gobierno del ICAB, en una foto de archivo. (Foto: icab.cat)


La junta de gobierno del Colegio de Abogados (ICAB) ha emitido un comunicado en el que se desmarca del realizado por la comisión de Defensa de los Derechos de la Persona y del libre ejercicio de la abogacía. Los miembros de la comisión se pronunciaban a favor del derecho de Catalunya a ejercer el derecho de autodeterminación.

La directiva del ICAB ha remarcado que la "opinión oficial de esta corporación la expresan los comunicados y notas de prensa emitidos por la junta de gobierno del Colegio de Abogados de Barcelona".

En este sentido, los rectores del Colegio se han remitido a la nota del pasado 31 de octubre donde se afirmaba que "las leyes, sean del rango que sean, deben ser promulgadas, derogadas o modificadas de acuerdo con las necesidades de la voluntad popular, expresadas periódicamente y democráticamente".

También ha mostrado su apoyo "para que se trabaje dentro del marco de respeto a los derechos fundamentales, tanto individuales como colectivos, y para que la sociedad pueda avanzar libremente en el desarrollo de lo que haya sido expresado en las urnas con la firmeza, sensatez, seguridad jurídica y profundo sentido democrático que siempre nos ha caracterizado".

Por su parte, la comisión de Defensa ha remachado que "es un derecho inalienable de Catalunya, como comunidad nacional, el poder decidir sobre su futuro, ya sea dentro del Estado donde está integrado o separando de ellos para constituir un nuevo estado soberano, según lo decida la voluntad mayoritaria, democrática y pacíficamente expresada, de sus ciudadanos".

Al mismo tiempo ha añadido que "la declaración unilateral de independencia, proclamada por el Parlament de Catalunya, estaría justificada en derecho internacional en el caso de que el Gobierno impidiera la celebración de la consulta a la ciudadanía sobre la creación de un nuevo Estado, o bien se negara a aceptar el resultado afirmativo de la misma".

Fuente: e-noticias.es

Archivada la denuncia contra la candidata a dirigir el Colegio de Abogados

  • El magistrado entiende que no se produjo ningún delito durante la jornada electoral
  • Sonia Gumpert tomará posesión el próximo día 15
  • Solamente queda abierta la vía del contencioso administrativo
F. JAVIER BARROSO Madrid
El titular del Juzgado de Instrucción nº 9 de Madrid, ha dictado un auto de sobreseimiento libre, es decir, el archivo definitivo, de la denuncia que presentaron un grupo de candidatos contra la aspirante al Colegio de Abogados Sonia Gumpert, que duplicó en votos al segundo candidato. El magistrado entiende que no se produjo ningún ilícito penal durante la jornada electoral pese a las pruebas presentadas por los denunciantes. El Colegio de Abogados ya desestimó las “irregularidades” en las elecciones a finales de diciembre.

La denuncia se presentó en el Juzgado de Guardia la misma noche de las elecciones, el pasado 18 de diciembre y recayó en el juzgado nº 9. Tras estudiar el caso, el magistrado ha concluido que no ha habido irregularidades en el proceso de votación.

Los opositores a Gumpert alegaron que los interventores de esta candidatura estaban cotejando la lista de votantes de cada mesa electoral con el censo del colegio y que estuvieron llamando por teléfono a letrados para que acudieran a la sede de la votación, en el Palacio de Congresos de la Castellana. Les ofrecían incluso el pago de taxi y, según los denunciantes, les esperaban en la calle con un sobre que contenía la papeleta de su candidatura.

El juez rechaza todas estas imputaciones y dice que no ha apreciado ningún delito ni ninguna falta por lo que decreta el archivo definitivo de la causa y recuerda además en su escrito que la ley electoral general, a la que apelaron los denunciantes, no se puede aplicar en las votaciones del Colegio de Abogados porque es una norma para las elecciones generales y no para un colegio profesional.

La candidatura de Sonia Gumpert, cuya toma de posesión está prevista para el próximo día 15, se ha mostrado satisfecha con la resolución judicial, que pone fin al procedimiento penal y que solamente deja abierta el contencioso administrativo tras el recurso ante el Consejo de Colegios de la Comunidad de Madrid. “Se demuestra que durante la jornada electoral no se hizo nada ilegal ni nada que influyera en el resultado definitivo”, han destacado fuentes de esta candidatura, que han recordado además que la futura nueva decana dobló en votos a su inmediato oponente, el decano cesante Antonio Hernández Gil.

Fuente: Diario El País

Decano del Colegio de Abogados demanda elegir defensor del Pueblo

Fuente: RPP
El Decano del Colegio de Abogados, Raúl Chanamé Orbe, exigió al Congreso de la República a que elija al defensor del Pueblo.

Durante la ceremonia del acto de juramentación, propuso como representante para la defensoría del pueblo a Walter Gutiérrez.

Sostuvo que Gutiérrez es un candidato que genera tanto el interés colectivo como de la sociedad y del colegio de abogados.

También demandó al Congreso la pronto aprobación de los seis integrantes del Tribunal Constitucional. Remarcó, a título personal, que dos mujeres compongan la entidad.

La ceremonia del juramentación del reelecto decano del Colegio de Abogados de Lima contó con la presencia de Isaac Humala y Elena Tasso, padres del presidente de la República, Ollanta Humala.

Fuente: Radio Programas del Perú

martes, 8 de enero de 2013

Donó esperma para que una pareja pueda tener un hijo y ahora el Estado le reclama la paternidad

La historia le sucedió a un hombre de EE.UU. que decidió ayudar a una pareja de lesbianas para que puedan ser madres. Kansas le pide que pague manutención Un hombre de Kansas quien donó esperma a una pareja de lesbianas para que pudieran tener un hijo, aseguró que está estupefacto porque el estado ahora está tratando de hacerle pagar la manutención de la niña.

William Marotta, de 46 años, donó esperma a Jennifer Schreiner y Angela Bauer bajo un acuerdo por escrito por el que no sería considerado como el padre de la niña ni responsable de su manutención. La hija, ahora de tres años, fue dada a luz por Schreiner.

Pero en octubre, el estado de Kansas presentó una petición buscando declarar a Marotta como padre de la criatura y responsable financiero de la pequeña, después de que la pareja pasara por dificultades económicas.

Marotta pedirá al tribunal en una audiencia el 8 de enero desestimar la petición, que se centra en una ley estatal por la que el esperma debe ser donado a través de un médico con licencia para que el padre quede libre de cualquier obligación financiera posterior.

Marotta dio un recipiente de semen a la pareja, quien lo encontró en Craigslist, en lugar de donar a través de un médico o una clínica.

Repercusiones
Según Reuters, expertos consideran que el caso tiene repercusiones para otros donantes de esperma.

Sucede que los bancos de esperma proporcionan esperma de forma rutinaria a la gente que quiere concebir un hijo entendiendo que los donantes no son responsables de los hijos.

Pero Kansas está buscando que Marotta se haga cargo de la manutención, incluyendo cerca de 6.000 dólares en gastos médicos relacionados con el nacimiento de la niña, según su petición.

"Era algo totalmente inesperado", opinó Marotta en una entrevista telefónica. "Lo primero que me vino a la mente fue que ninguna buena acción queda sin castigo", se quejó.

El caso ha atraído la atención nacional. Shannon Minter, directora legal del Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas, consideró que "es desafortunado e injusto" que Kansas busque dinero en un donante de esperma.

"Seguramente tendrá un efecto negativo en la predisposición de otros hombres de ayudar a parejas que necesiten un donante, lo que sería perjudicial para todos", añadió Minter.

Funcionarios de Kansas están obligados por ley a determinar el padre de un niño cuando alguien busca beneficios estatales, justificó Angela de Rocha, portavoz del Departamento para Niños y Familias. La pareja se vio obligada a facilitar esa información, lo que llevó a la investigación sobre la donación de esperma.

Argumentos legales
Marotta debería ser declarado padre y sujeto de peticiones financieras porque donó el esperma directamente a las mujeres y no a través de un médico, como obliga la ley de Kansas, afirmó la petición estatal.

El donante aclaró que prácticamente no había tenido ningún contacto con la niña, pero que él y Schreiner mantenían una relación cordial. Incluso admitió que ella se vio presionada por el estado para proporcionar su nombre como donante de esperma.

"Para mí, la ética debe reemplazar a las normas", opinó.

Los abogados de Marotta argumentan que él no tiene derechos paternos por el acuerdo con la pareja y no puede hacerse responsable financieramente.

Citan un caso de 2007 en el que el tribunal supremo de Kansas falló en contra de un donante de esperma que buscaba derechos parentales porque no tenía ningún tipo de acuerdo con la madre, recordaron los abogados defensores.

Si el padre no tenía derechos legales en el caso de 2007, Marotta debería ser declarado sin obligaciones paternas en el caso actual, añadieron.

Marotta, un mecánico de coches de carrera, respondió a un anuncio en Craigslist de alguien que se ofrecía a pagar u$s50 por donaciones de esperma pero hizo la donación de forma gratuita.

Según contó, él y su mujer no tienen hijos propios pero han acogido a una niña.

En este marco, Marotta concluyó que simplemente trataba de ayudar a una pareja que quería tener un hijo.

Fuente: iProfesional.com

El Colegio de Abogados de Barcelona considera que Cataluña tiene un derecho "inalienable" de autodeterminación

Cree que el Gobierno no tendría ninguna legitimidad para oponerse a una consulta ciudadanaEUROPA PRESS | BARCELONA
La Comisión de Defensa de los Derechos de la Persona del Colegio de Abogados de Barcelona considera que Cataluña tiene un derecho "inalienable" de decidir si quiere mantenerse como parte de España o constituirse como un nuevo Estado soberano.

"Es un derecho inalienable de Cataluña, como comunidad nacional, el poder decidir sobre su futuro, ya sea dentro del Estado donde está integrada o separándose para constituir un nuevo Estado soberano, según lo decida la voluntad mayoritaria, democráticamente y pacíficamente expresada, de sus ciudadanos", ha sostenido el organismo en un comunicado.

Ha argumentado que el derecho de autodeterminación es un derecho fundamental y universal de todos los pueblos, vigente en derecho internacional a partir de la Carta de las Naciones Unidas de 1945 y los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales vigentes desde 1976.

Según el Colegio, la Carta de las Naciones Unidas y los Pactos Internacionales atribuyen el derecho a decidir a los pueblos, y no a los Estados, ante lo que concluye que "no se puede discutir a la comunidad catalana la condición de sujeto político del derecho a decidir", aduciendo a su historia milenaria; su estructura social y económica diferenciada; su lengua, derecho civil e instituciones políticas propias, y una voluntad manifestada a lo largo de siglos de mantener la propia identidad.

Así, a pesar de que la Constitución española no permite la autodeterminación de Cataluña, el Colegio indica que "en una sociedad democrática, la ley no es otra cosa que la expresión de la voluntad popular", por lo que considera que el Gobierno español no tendría ninguna legitimidad para oponerse a la decisión del Parlament de celebrar una consulta ciudadana.

En caso de que el Gobierno español impidiera la celebración de la consulta o se negara a aceptar un resultado afirmativo, el organismo considera que la declaración unilateral de independencia proclamada por el Parlament de Cataluña "estaría justificada en derecho internacional".

Fuente: telecinco.es