martes, 2 de abril de 2013

España: Los abogados de Barcelona advierten que la sentencia europea no impone la dación en pago

La profesión opina que ordenará la ‘anomalía’ que supone la ley hipotecaria española
Por Ismael García Villarejo
Los letrados agrupados en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) advierten que los medios de comunicación trasladan elementos inexactos de la sentencia europea que enmienda la ley hipotecaria española. En concreto avisan de que el texto dictado por el tribunal de Luxemburgo no impone la dación en pago, como ha cristalizado en la opinión pública.

La institución profesional reunió en su auditorio a seis expertos que han participado, en mayor o menor medida, en la consecución de la sentencia. En la sala de actos se escucharon las voces de jueces y abogados de las partes implicadas: banca y consumidores. El consenso de los ponentes indica que la Unión Europea ordenará, sin embargo, “la anomalía jurídica” que supone la ley hipotecaria española. Según la valoración técnica, el actual marco deja en una situación de “extrema debilidad” al cliente bancario.

Discordancia con Europa
“La decisión del tribunal de Luxemburgo era previsible. Ha desbordado la legislación española, que pensó que en 1998 logró un marco de confort para la tutela de los consumidores en España”, explicó el juez y colaborador de Economia Digital, José María Fernández Seijo. La legislación española muestra una especial discordancia con el entorno europeo en materia de desahucios. “El juez no debe mantener una posición neutral cuando haya consumidores afectados”, según Seijo.

Los ponentes que llenaron a rebosar la sala de actos del ICAB, a pesar de coincidir con el partido entre el Paris Saint-Germain y el FC Barcelona, destacaron que la anomalía respecto a las leyes europeas también se da en el poso jurídico acumulado durante años. “La jurisprudencia no responde a la realidad”, proclamó entre aplausos el juez del Tribunal Constitucional Eugeni Gay. El alto órgano se opuso a un texto similar al que dio pie a la sentencia de Luxemburgo. Gay emitió un voto particular.

Dejación de funciones
El anacronismo de este órgano sobre la problemática queda en evidencia, según Gay, con la acumulación de sentencias contrarias a los intereses de los consumidores. Denunció “la dejación de las funciones que la Constitución impone” al tribunal. El representante de la banca, el abogado Ignasi Fernàndez, matizó que “esta sentencia ni va a redimir la culpa de la banca ni va a perdonar la deuda a los consumidores”. Él fue el más insistente en que el nuevo texto “no permitirá devolver el inmueble”.

El abogado de las entidades de crédito opina que la debilidad del texto radica en la indefinición del concepto de cláusula abusiva. “Nadie ha perdido su vivienda por una cláusula, sino porque lleva meses sin pagar las cuotas”. Su posición se encontró de lleno con la del juez Guillem Soler, que sacó los colores al Tribunal Constitucional con sus tesis que ahora avala Europa. “Es normal que Luxemburgo se pronuncie con términos difusos, siempre lo hace”. 

Reflexión jurídica
En opinión de Soler, aunque es cierto que no se completa la dación en pago, el auto europeo “permite reflexionar en qué punto estamos”. Los juzgados deberían tomar la iniciativa y aplicar la doctrina europea sin esperar a que las Cortes traspongan la sentencia europea al marco jurídico español, opina Soler. El abogado Martí Batllori, uno de los responsables de la iniciativa legislativa popular sobre hipotecas que debate el Congreso, redundó en la alineación social del juez que ejerce en Sabadell.

“Estamos en una situación de irrealidad, como en Matrix, en la que no nos damos cuenta de lo que está pasando. La realidad aquí está condicionada por el paraíso jurídico que para las entidades financieras es España en este momento”. Batllori recordó que, bajo su visión, la ley hipotecaria española viola los derechos fundamentales.

Fuente: Economía Digital

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